MEDIDAS PREVENTIVAS DE LA VIOLENCIA MACHISTA

El Parlamento de Andalucía va a aprobar por unanimidad en el pleno de este miércoles 18 de julio de 2018 el proyecto definitivo de modificación de la Ley de Violencia de Género en el que, tras su paso por la correspondiente Comisión y la toma en consideración de las diferentes enmiendas, se incluyen una serie de medidas y programas de prevención de las violencias machistas específicamente dirigidas a hombres. Aunque el proyecto no incorpora en su totalidad la iniciativa que promovíamos desde el movimiento del hombres por la igualdad, presentadas por el Grupo Palamentario Podemos Andalucía, y no habrá un capítulo completo de medidas como considerábamos necesario, buena parte de las propuestas han sido incluidas, algunas de forma literal.

Así, ya en el preámbulo del proyecto, se hace referencia a unas medidas “destinadas a reforzar la sensibilización y prevención de la violencia de género, basadas en el fomento de la igualdad y los buenos tratos, la eliminación de estereotipos de género y los micromachismos” que, sin embargo, se restringen a “la figura de los hombres agresores y potenciales agresores“. Esperamos que esta restricción de las medidas a la prevención secundaria, sin contemplar las medidas de prevención general mediante programas de hombres por la igualdad dirigidos al conjunto de la población masculina, se subsane en la nueva ley de igualdad que ya se está tramitando y en cuya comparecencia como Foro de hombres por la Igualdad del pasado mes de junio ya hemos planteado.

La incorporación de programas de prevención de la violencia de género específicos para hombres se plantea en la modificación 10, que prevé un nuevo artículo 10bis en cuyo punto 1 se dice: “La Administración de la Junta de Andalucía promoverá programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencias y desigualdades de género, dirigidos específicamente a hombres, como forma de prevención“. Aunque la fórmula sea tan genérica y el camino hasta que se materialice tan incierto, creo sinceramente que su aprobación supone un hito en las políticas de igualdad para hombres y en la pequeña historia del movimiento de hombres por la Igualdad.

Este artículo 10.2 recoge dos puntos más sobre los programas de intervención con potenciales agresores, aunque formulados de una manera diferente a nuestra propuesta:

Estos programas podrán incluir medidas para la reducción del riesgo de la violencia de género a través de la reeducación social, que podrá comprender tratamiento psicológico, mecanismos de readaptación, resocialización, rehabilitación y otros procedimientos técnicos aconsejables. En ningún caso, las cantidades destinadas por la Administración de la Junta de Andalucía a la elaboración, desarrollo, promoción o ejecución de dichos programas podrán suponer una minoración de las que tengan por objeto la protección integral de las víctimas
Dichos programas se desarrollarán según criterios de calidad que garanticen una intervención profesionalizada en la que se incluya la perspectiva de género, para lo que podrán suscribirse convenios de colaboración con otras Administraciones públicas y organismos competentes, con capacidad y experiencia en la materia

Estos dos puntos parecen plantear de una forma más concreta e incluso ambiciosa los programas de intervención con hombres, al mismo tiempo que, sin embargo, deja sin definir las circunstancias en que se aplicarían, lo que plantea la posibilidad de que se utilicen para plantear algo así como un “instituto del hombre”. Personalmente me parecía mejor el planteamiento centrado en “potenciales agresores” del proyecto original (aunque el término no me gustara). Tampoco me gusta que no se les haga depender explícitamente de las instituciones competentes en materia de violencia de género para garantizar su carácter público. Supongo que se habrá tenido en cuenta también las posiciones de otros partidos no tan inclinados a defender lo público. Pero si se hace en favor de que haya un apoyo unánime, me parece que el balance es aceptable.

Además de este artículo, el proyecto contempla otras medidas recogidas en nuestra iniciativa.

Así el punto el nuevo artículo 8 sobre el plan integral de sensibilización y prevención de la violencia de género incorpora un punto e) que, aunque sea en términos de formación y no de intervención, asume casi literalmente nuestro texto, mientras que el punto d) que recogía medidas de sensibilización solo para hombres jóvenes, ahora está dirigido al conjunto de la población masculina como sugerimos en la comparecencia ante la comisión parlamentaria:

e) Formación y especialización de profesionales de los distintos sistemas públicos de promoción y protección social, con el objetivo fundamental de garantizar una formación suficiente y permanente que les permita la prevención, la detección precoz, la atención, la recuperación de las víctimas y la intervención con hombres para prevenir la violencia de género, promover los valores de igualdad, los buenos tratos y, en su caso, la rehabilitación del agresor.

d) Sensibilización, programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencia y desigualdades de género dirigidos a la población masculina, con especial incidencia entre los jóvenes, insistiendo en la necesidad de promover una sociedad más igualitaria entre mujeres y hombres

Por último, entre las líneas de investigación contempladas en la modificación del artículo 8 se asume literalmente nuestra propuesta de:

c) El estudio de los modelos de masculinidades hegemónicas y de su relación con las causas de la violencia de género. Las motivaciones, circunstancias y consecuencias para los hombres que la ejercen.

El proyecto no recoge algunas cuestiones fundamentales como el cambio de concepto de la violencia de género que se planteaba bajo la denominación de violencias machistas. Una denominación que, además de reconocer el protagonismo del movimiento feminista, supone un cambio de perspectiva en el que la responsabilidad pasa de las víctimas y sus circunstancias personales, a los agresores y sus motivaciones, y a las instituciones responsables no sólo de poner los medios para proteger efectivamente a las víctimas de todo tipo de violencias machistas,, sino también de erradicar sus causas estructurales. En este sentido, tengo la sensación más bien amarga de que el proyecto no aprovecha todo el impulso que el movimiento feminista ha logrado en estos últimos años para desbordar un marco legal e institucional ya agotado. Desde el punto de vista de los feminismos, al menos de los que yo me siento más cerca, hay motivos para sentir una cierta decepción.

Pero respecto al tema de las medidas específicas para hombres, que es el que ocupa a esta iniciativa y en el que llevo tanto tiempo implicado sin ver avances significativos, me parece que hay motivos para estar satisfechos por el paso que significa la aprobación de estas medidas. Su aprobación servirá de precedente para la reforma del marco legal estatal y autonómico que plantea la aprobación del Convenio de Estambul y del Pacto de Estado para la erradicación de la Violencia de Género. El nuevo gobierno, con mujeres a su frente como Carmen Calvo y Soledad Murillo que han apoyado la necesidad de incorporar a los hombres a la construcción de una sociedad igualitaria desde el principio, la mayor influencia y capacidad de presión que la situación política otorga a Podemos y, sobre todo, la creciente conciencia de que los hombres que estamos por la igualdad y nos sentimos aliados de las justas reivindicaciones del movimiento feminista tenemos que implicarnos sin protagonismo, me hacen pensar que, después de tanto tiempo, se abre una ventana de oportunidad para el movimiento de hombres por la Igualdad. Parafraseando un lema que se hizo popular no hace mucho: Es ahora.

Hilario Sáez Méndez

Miembro del foro y de la Red de hombres por la Igualdad.
Artículo publicado en el Foro de Hombres por la Igualdad de Sevilla